Hacienda ha sometido a información pública el proyecto de orden de módulos 2027 del IRPF y del régimen especial simplificado del IVA: mantiene la estructura de la orden de 2026, conserva la reducción general del 5 por ciento sobre el rendimiento neto y deja el plazo de alegaciones abierto hasta el 3 de noviembre de 2026.
Qué contiene el borrador de la orden de módulos 2027
El documento lo firma la Dirección General de Tributos y desarrolla para el año 2027 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido. En su exposición de motivos, el texto mantiene la estructura de la Orden HAC/1425/2025, de 9 de diciembre, la que desarrolla el método para el año 2026.
Para el ejercicio 2027 se mantienen las cuantías de los signos, índices o módulos y las instrucciones de aplicación. La reducción del 5 por ciento sobre el rendimiento neto de módulos se aplica a todos los contribuyentes que determinen el rendimiento de su actividad económica por estimación objetiva. En el IVA, la orden mantiene para 2027 los módulos y las instrucciones del régimen especial simplificado que se aplican en el año inmediato anterior.
| Qué | Ejercicio | Qué dice el borrador |
|---|---|---|
| Reducción general del rendimiento neto de módulos | 2027 | 5 por ciento para todos los contribuyentes en estimación objetiva |
| Cuantía de los signos, índices o módulos | 2027 | Se mantienen, con sus instrucciones de aplicación |
| Módulos del régimen especial simplificado de IVA | 2027 | Se mantienen los del año inmediato anterior |
| Reducción general de las actividades agrícolas y ganaderas | 2026 | Se eleva al 10 por ciento |
| Gasóleo agrícola | 2026 | Minoración del 35 por 100 del precio de adquisición |
| Fertilizantes | 2026 | Minoración del 15 por ciento del precio de adquisición |
El paquete para el campo que acompaña al borrador
Junto a lo anterior, el texto recoge para el período impositivo 2026 un paquete dirigido a las actividades agrícolas y ganaderas: el rendimiento neto previo podrá minorarse en el 35 por 100 del precio de adquisición del gasóleo agrícola y en el 15 por ciento del precio de adquisición de los fertilizantes, y la reducción general del rendimiento neto de módulos aplicable a estos contribuyentes se eleva al 10 por ciento. Las tres cifras aparecen en la exposición de motivos con el período impositivo 2026 como referencia, no 2027.
Los plazos del trámite
Según la ficha de tramitaciones abiertas de la Dirección General de Tributos, el proyecto se publicó el 22 de octubre de 2026, el plazo de presentación de observaciones se abrió el 23 de octubre de 2026 y termina el 3 de noviembre de 2026. Las observaciones se envían por correo electrónico a observaciones.proyectos@tributos.hacienda.gob.es. Podéis leer el texto completo del proyecto y la ficha del trámite en la web del Ministerio de Hacienda.
Qué significa para vosotros si tributáis en módulos
Si estáis en estimación objetiva, el borrador no es todavía la norma que se aplica en vuestra declaración: es un proyecto sometido a información pública, y el propio documento se somete a este trámite antes de su publicación oficial en el BOE. Mientras siga así, lo que se aplica es la orden vigente, la HAC/1425/2025, y es la que usa la calculadora del sitio con las unidades que introduzcáis. Podéis comprobar vuestro rendimiento neto en /calculadora o, si la actividad es agrícola o ganadera, en /calculadora-agricola, y revisar los pagos fraccionados en /modelo-131-estimacion-objetiva.
El borrador de módulos 2027 mantiene la reducción del 5 por ciento y los signos, índices o módulos de 2026.
Si dudáis entre seguir en módulos o pasar a estimación directa, la comparativa entre los dos métodos os da el marco de la decisión, pero el paso conviene darlo con vuestra gestoría y con los datos reales de facturación de la actividad: /comparar-estimacion-directa-objetiva.
Qué miraremos cuando la orden sea definitiva
Cuando el texto pase a orden publicada comprobaremos tres cosas: si la reducción del 5 por ciento se mantiene en el texto final, si los módulos conservan la cuantía que recoge el borrador y si el paquete del campo para 2026 llega sin cambios. Hasta entonces, cualquier cálculo que hagáis debe apoyarse en la orden en vigor.
Este análisis es informativo y no constituye asesoramiento fiscal; consultad con vuestra gestoría antes de aplicar cualquier reducción.
Preguntas frecuentes
¿Ya puedo aplicar la reducción del 5 por ciento de la orden de módulos 2027?
No. El texto es un proyecto sometido a información pública por la Dirección General de Tributos, con observaciones hasta el 3 de noviembre de 2026, y no es aplicable hasta su publicación oficial. En vuestra declaración sigue aplicándose la orden vigente, la HAC/1425/2025.
¿Cambian los módulos en 2027?
El borrador mantiene para el ejercicio 2027 la cuantía de los signos, índices o módulos y sus instrucciones de aplicación, y en IVA mantiene los módulos del régimen especial simplificado del año inmediato anterior.
¿Qué pasa con el gasóleo y los fertilizantes de las explotaciones agrarias?
El borrador recoge para el período impositivo 2026 una minoración del 35 por 100 del precio de adquisición del gasóleo agrícola y del 15 por ciento del de los fertilizantes, y eleva al 10 por ciento la reducción general del rendimiento neto de módulos de las actividades agrícolas y ganaderas.
