Las bonificaciones módulos IRPF 2026 que de verdad bajan la factura fiscal no son un descuento único: son reducciones por empleo e inversión, índices correctores y una reducción general del 5 % sobre el rendimiento neto de módulos. Aquí veréis en qué orden se aplica cada una y qué podéis comprobar en la calculadora.
Cuatro pasos, no una lista de descuentos
Las tablas de este artículo salen de la Orden HAC/1425/2025, la norma que regula los módulos del ejercicio 2026. El calculador del sitio las aplica en un orden fijo, y ese orden explica por qué dos actividades con los mismos módulos pueden acabar con rendimientos distintos: unas partidas restan, los índices correctores multiplican y la reducción general vuelve a restar al final, sobre una base ya corregida.
| Fase | Qué se aplica | Efecto |
|---|---|---|
| 1. Rendimiento neto previo | Suma de cada módulo por sus unidades | Punto de partida |
| 2. Rendimiento neto minorado | Reducción por incentivos al empleo y reducción por incentivos a la inversión | Restan |
| 3. Rendimiento neto de módulos | Índices correctores: primero el especial de la actividad, después los generales | Multiplican |
| 4. Reducción general del ejercicio | Reducción general sobre el rendimiento neto de módulos | Resta al final |
Reducción por incentivos al empleo
Es la primera rebaja que entra en juego, y la que más se confunde con un índice corrector. No lo es: no se suma ni se multiplica con los índices, sino que se resta del rendimiento neto previo. La mecánica es la siguiente: se toma el coeficiente del tramo en el que estéis según el total de personas asalariadas, se le añade el coeficiente por el incremento de personas asalariadas respecto al año anterior, y ese porcentaje se aplica al rendimiento anual por unidad del módulo de personal asalariado. El importe resultante se resta del rendimiento neto previo.
| Personas asalariadas (total) | Coeficiente del tramo |
|---|---|
| Hasta 1 | 10 % |
| Hasta 3 | 15 % |
| Hasta 5 | 20 % |
| Hasta 8 | 25 % |
| Más de 8 | 30 % |
El cálculo de personal asalariado se hace en personas equivalentes a jornada completa, así que los contratos a tiempo parcial cuentan en proporción. Si el año anterior no teníais asalariados y este sí, el incremento también tiene su coeficiente, y se añade al del tramo antes de aplicar el porcentaje.
Reducción por incentivos a la inversión
La segunda partida que resta es la amortización de los elementos afectos a la actividad. Tampoco es un índice corrector: se aplica en la misma fase que el empleo, sobre el rendimiento neto previo. La tabla de la norma agrupa los elementos en cuatro bloques, cada uno con su coeficiente lineal máximo y su periodo máximo de amortización.
| Grupo | Elementos | Coeficiente lineal máximo | Periodo máximo |
|---|---|---|---|
| 1 | Edificios y otras construcciones | 5 % | 40 años |
| 2 | Útiles, herramientas, equipos informáticos | 40 % | 5 años |
| 3 | Elementos de transporte y resto de inmovilizado material | 25 % | 8 años |
| 4 | Inmovilizado intangible | 15 % | 10 años |
La amortización del año se resta del rendimiento neto previo. Podéis consultar la tabla completa en la página de tablas de amortización de la estimación objetiva.
Índices correctores: aquí se multiplica
En la tercera fase el rendimiento neto minorado se multiplica por los índices que procedan. El orden importa: primero el índice especial de la actividad, si lo tiene, y después los generales, en esta secuencia: pequeña dimensión, temporada, exceso e inicio de actividad.
El índice de temporada multiplica el rendimiento cuando la actividad se ejerce como máximo ciento ochenta días al año, con un factor que depende de los días trabajados: 150 % si no pasáis de sesenta días, 135 % entre sesenta y uno y ciento veinte, y 125 % entre ciento veintiuno y ciento ochenta.
El índice de pequeña dimensión exige cumplir todos los requisitos a la vez: persona física, un solo local, como mucho un vehículo de no más de mil kilos de carga y no más de dos personas asalariadas. El factor depende de los habitantes del municipio: 70 %, 75 % u 80 %. Si tenéis una o dos personas asalariadas, en lugar de la tabla por habitantes se aplica un factor único del 90 %. Este índice nunca se aplica a una actividad con índice corrector especial ni junto con el índice de exceso.
El índice de inicio de actividad distingue el primer y el segundo año, y dentro de cada uno separa dos casos: el titular sin discapacidad reconocida y el titular con discapacidad. En el primer año el factor es del 80 % para el titular sin discapacidad y del 60 % para el titular con discapacidad; en el segundo, del 90 % y del 70 % respectivamente. No se combina con el índice de temporada.
Las actividades con índice especial no pasan por la pequeña dimensión: es el caso del autotaxi, que corrige por habitantes del municipio; del comercio de prensa en quiosco, que corrige por ubicación; del transporte de mercancías por carretera, según los vehículos de que dispongáis; y del transporte urbano colectivo y de viajeros por carretera con un solo vehículo.
El índice de exceso, solo si superáis el umbral
El último corrector general mira el rendimiento que ya habéis corregido y lo compara con el umbral de vuestra actividad. Si lo superáis, la parte que excede se incrementa. Dos avisos prácticos: el umbral es distinto para cada actividad y no todas lo tienen, y el índice no se aplica si habéis usado el de pequeña dimensión.
La reducción general del 5 %
Terminado el recorrido, la reducción general del ejercicio se aplica sobre el rendimiento neto de módulos ya corregido. Es la reducción de la disposición adicional primera de la Orden de módulos del ejercicio y se calcula al final, no antes: si la adelantáis a mano, el resultado cambia.
Las bonificaciones módulos IRPF 2026 se aplican en un orden fijo y ninguna se suma dos veces.
Qué podéis comprobar en la calculadora
La calculadora de módulos reproduce estas tablas y este orden: introducid las unidades de cada módulo, los datos de las correcciones y os devuelve el rendimiento neto con la reducción general incluida. Aplicad solo lo que esté en estas tablas; no simula medidas que no figuren aquí.
Un detalle que provoca errores: cuando la unidad de un módulo es un bloque, el campo pide bloques, no la cantidad real. Si un módulo se mide en bloques de kilómetros o de decímetros cuadrados, dividid la cantidad entre el tamaño del bloque antes de escribirla, porque el calculador no convierte nada. Para personal asalariado se introducen personas equivalentes a jornada completa.
Y si vuestra actividad queda fuera del método o dudáis de si os corresponde un índice, no forcéis el cálculo: consultad con vuestra gestoría. Los umbrales y las causas de exclusión generales los tenéis en la página de límites de la estimación objetiva en 2026.
Próximos pasos
- Abrid la calculadora y meted las unidades de vuestros módulos tal como aparecen en el modelo de la actividad.
- Comprobad si os toca el índice de pequeña dimensión, el de temporada o el de inicio de actividad, y aplicad el que proceda sin acumular incompatibles.
- Revisad la amortización en las tablas de amortización antes de restarla del rendimiento neto previo.
- Repasad la página del modelo 131 para los pagos a cuenta y contrastad el resultado con vuestra gestoría.
Este contenido tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento fiscal: consultad con vuestra gestoría antes de aplicar una reducción concreta.
Preguntas frecuentes
¿Las reducciones de módulos se suman entre sí?
No se suman como un descuento comercial. La reducción por incentivos al empleo y la de incentivos a la inversión restan del rendimiento neto previo; después los índices correctores multiplican el rendimiento minorado; y la reducción general del 5 % se aplica al final. Ese orden es el que reproduce la calculadora.
¿Puedo aplicar el índice de pequeña dimensión y el de exceso a la vez?
No. El índice de exceso no se aplica si se ha aplicado el de pequeña dimensión, y la pequeña dimensión tampoco se aplica a una actividad con índice corrector especial. Si dudáis de vuestro caso, consultad con vuestra gestoría.
¿Qué pasa si mi actividad es de temporada?
El índice de temporada multiplica el rendimiento cuando la actividad se ejerce como máximo ciento ochenta días al año, y el factor depende de los días trabajados. No se combina con el índice de inicio de actividad.
